El Título Constitutivo de la Comunidad debe estar inscrito en el Registro de la Propiedad de la zona en la que esté ubicada la misma, se puede solicitar una copia simple de la División Horizontal (coste inferior a los 6 Euros). Para facilitar la labor del personal del Registro es conveniente llevar consigo las escrituras registradas de su vivienda.
El Título es de suma importancia, ya que en él se describen todas y cada una de las fincas o partes que forman la Comunidad, con detalles de linderos y superficies y el coeficiente de participación de cada una de las fincas.
Es la expresión porcentual de la proporción en la que cada finca participa en los elementos y servicios comunes de la Comunidad. Estos elementos y servicios comunes vienen definidos en el Título Constitutivo.
Si existen unos Estatutos, también estarán registrados y se nos facilitarán junto a la copia simple antes mencionada. En ellos vienen las reglas de uso y disposición de las diferentes propiedades que forman la Comunidad. Por ejemplo la prohibición de montar determinado tipo de negocio en uno de los locales o viviendas, o en qué gastos participan cada una de las propiedades, qué obras no se pueden hacer o qué servidumbre hay.
El conocimiento de los Estatutos nos evitará sorpresas futuras, ya que al comprar aceptamos los mismos, aunque no los conozcamos, puesto que son parte inseparable de la propiedad, al igual que los coeficientes.